Realiza IEESSPP conferencia sobre trata de personas

Morelia, Michoacán a 13 de Junio de 2018.- Con el objetivo de formar a los mejores policías del país, el Instituto Estatal de Estudios Superiores en Seguridad y Profesionalización Policial del Estado de Michoacán (IEESSPP), llevó a cabo la Magistral Conferencia “Trata de Personas, Fortalezas y Debilidades de las Instituciones en México”.

Esta conferencia fue impartida por Miguel Ángel Godínez Muñoz, asesor de la oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, misma que fue dirigida a todo el personal policial de procuración de justicia de los tres niveles de gobierno.

La ponencia tuvo como objetivo fundamental generar conocimientos en la materia y sobre todo conciencia en el actuar de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, para que impulsen la edificación de un entorno de paz y seguridad.

En su intervención el director general del IEESSPP, J. Antonio Bernal Bustamante manifestó que “la trata de personas vulnera gravemente los derechos, la democracia, la paz y el futuro de la nación; en este sentido, el Instituto Estatal de Estudios Superiores en Seguridad y Profesionalización Policial del Estado de Michoacán, ha delineado acciones que permitan dotar a los integrantes de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia de las herramientas necesarias para hacer frente a los retos y desafíos que demanda el actual sistema de globalización a partir de los principios básicos establecidos en nuestra constitución”, dijo.

Durante el evento estuvieron presentes, Lilia Cipriano Ista, secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Publica, en representación del Gobernador Constitucional, Silvano Aureoles Conejo, además de representantes de los titulares de la XXI Zona Militar, Policía Federal, Procuraduría General de la República, Comisión Estatal de Derechos Humanos, y del Ayuntamiento de Morelia.

Este comunicado tiene exclusivamente fines informativos en materia de protección civil y/o seguridad pública, de conformidad con lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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