Opinión

Que hacer en caso de existir una orden de detención o aprensión en su contra.

Si Usted se ha enterado que las policías ministeriales o judiciales han acudido a su domicilio en su búsqueda,  o que alguien lo ha amenazado de presentar una denuncia en su contra, y cuenta con el temor fundado de que se le prive de la libertad y quiere defenderse de los hechos o actos de los que se le acusa, debe saber que existe una solución legal para que no sea detenido, para ello,  debe presentar una demanda de amparo en contra de la orden de aprehensión, detención o presentación,  señalando como autoridades a los Jueces de su localidad y a la Procuraduría de Justicia,  bien,  al ser señalados como autoridades responsables, ellos tienen la obligación de rendir un informe ante el Juez, en el que se precisara si existe o no, alguna orden o procedimiento en su contra,  en caso de no existir, sabrá que habrán sido mal entendidos, en caso de si existir alguna orden o procedimiento en su contra,  se le indicara que autoridad lo emitio,  exponiéndole los motivos precisos, esto es,  de que delito se le ha acusado,  bajo que hechos y quien o quienes son los que lo han acusado, ante esta respuesta, si es el caso de que no se trata de algún delito grave,   el juez otorgara una orden de suspensión provisional,  esta orden de suspensión provisional es para el efecto de que no sea detenido,  y tenga la posibilidad de presentarse ante las autoridades correspondientes, y formular su defensa, participando en el procedimiento y ofreciendo las pruebas indispensables para que se le excluya de la responsabilidad o en su caso se acrediten atenuantes de la misma, para que la penalidad sea menor.

Lo anterior, le dará la oportunidad de no exponerse a una privación de la libertad, y poder defenderse,  si requiere mayor información de cómo atender un procedimiento penal, puede contactarnos en el portal del Despacho de Abogados BOU, o bien al teléfono (0155) 56432481

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *