Tiene un error en su acta de nacimiento?

Los errores que pueden tener las actas emitidas por los Registros Civiles, tanto en actas de nacimiento, como en actas de matrimonio o defunción, son diversos, los cuales pueden ir desde un error de ortografía en el que se haga la modificación de una letra, cambiando  una s por una z  o por una c, o se pongan  letras h intermedias. También errores en fechas o lugares de nacimiento, e incluso en el género de la persona,  e incluso llega a suceder que los padres hacen un doble registro de los hijos, en el que modifican fechas, lugares de nacimiento, e incluso en personas que nacieron en Estados Unidos, se llega a hacer un doble registro de nacimiento,  bien, en cualquiera de los casos que den origen al error en el acta de nacimiento,  trae consigo implicaciones legales, tales como no poder acreditar una filiación para efectos de reclamar pensión alimenticia o heredar,  o en su caso no poder recibir atención médica por diferencia de nombres con los registrados en el seguro social, o en su caso no reconocerse la doble nacionalidad por diferencia en el lugar de nacimiento impidiéndose con ello la posibilidad de viajar libremente al país donde se tiene la otra nacionalidad, para el caso de certificados educativos, podrían tener diferencia entre la documentación  y la realidad jurídica de la persona, por ello,  es recomendable regularizar la documentación persona, y si el acta presenta un error de cualquier naturaleza,  realizar los procedimientos legales tendientes a lograr la rectificación del acta, la forma en abordar el problema tiene múltiples variantes por lo cual se le recomienda consulte a un profesional en la materia

Lic. Ulises Beltrán Cruz

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