Política

Propone Nalleli Pedraza Ley de Gestación Subrogada

Con el objetivo de hacer efectivo los derechos a la salud reproductiva y el de formar una familia, la diputada Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Nalleli Pedraza Huerta, presentó al pleno de la LXXIII Legislatura Local, una iniciativa para crear la Ley de Gestación Subrogada en el Estado.

Al presentar dicha iniciativa, la legisladora integrante del Grupo Parlamentario del PRD resaltó que en Michoacán puede ser una realidad la gestación subrogada, bajo la protección y rectoría del estado.

En Michoacán como en el resto del país, subrayó,  existe un considerable grupo de personas que viven una situación de imposibilidad de planificar su familia y, además, sufren discriminación estatal por el hecho de no poder acceder a mecanismos de reproducción asistida que brinden certeza jurídica para poder llevarlos a cabo, por ello, recalcó que es la imperiosa necesidad de legislar en la materia.

Nalleli Pedraza, resaltó que la iniciativa de Ley de Gestación Subrogada del Estado tiene como finalidad el dotar a la ciudadanía de herramientas que les brinden seguridad jurídica, apego a los derechos humanos y un especial cuidado al interés superior de la niñez, asegurando este con los medios de protección de su derecho a garantizar el conocimiento de su origen genético en todo momento.

“De igual manera, es importante recalcar el esfuerzo que se hace para que esta propuesta de norma no constituya un escenario que favorezca el lucro, la trata o el llamado “turismo médico”, al circunscribir los beneficios de la ley a las y los michoacanos únicamente. Además, se trata de un mecanismo que no genera una cosificación de la mujer, pues se realiza de una manera altruista, no con una finalidad económica, lo que permite que la madre sustituta contribuya a que familias o personas que no pueden tener descendencia logren ese anhelado derecho”.

Recordó que la Corte Interamericana de derechos humanos ya ha fijado un criterio respecto a los mecanismos de reproducción asistida al resolver el caso Artavia Murillo y otros, en el cual se estableció que la decisión de tener hijos biológicos a través del acceso a técnicas de reproducción asistida forma parte del ámbito de los derechos a la integridad personal, libertad personal y a la vida privada y familiar, y que dicha decisión es parte de la autonomía y de la identidad de una persona tanto en su dimensión individual como de pareja.

Igualmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de obligatoria aplicación para el Estado mexicano, contiene diversas manifestaciones que permiten establecer la pertinencia de legislar en materia de reproducción asistida, entre éstas se encuentra el respeto a la integridad física, psíquica y moral, la libertad personal, la no injerencia arbitraria en la vida privada, el derecho a fundar una familia sin que la normativa interna suponga discriminación y el derecho a la igualdad ante la ley.

 

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