Omisión de MP podría dejar sin justicia a víctimas de homicidio

Zitácuaro. – La omisión, por parte de los ministerios Públicos que llevaban un caso de homicidio y robo, puede derivar en la liberación del culpable, sin que haya reparado los daños. Actualmente el infractor purga una condena por estos hechos, pero los fiscales no impugnaron la decisión de prescripción del caso y el responsable de la muerte de una persona podría salir en libertad, sin haber reparado los daños.

El asunto se deriva desde el año 2012, cuando el detenido asaltó un camión de una empresa cervecera, matando al chofer y su acompañante. Durante el juicio, en aquel año, el Juez condenó al homicida a 27 años de cárcel y la reparación del daño, sin embargo, el culpable apeló la resolución del Juez y en un nuevo juicio determinó que del asalto quedaba absuelto, no así de los homicidios.

La multa por la reparación del daño fue reducida, así como la sentencia, que de 27 pasó a 20 años de cárcel. Pero, aun así, tenía que pagar la cantidad ordenada por el Juez. A 17 años de los acontecimientos, el culpable presentó una solicitud para una liberación anticipada, la cual pretenden sea en los próximos días.

En febrero del 2018, se informó al Ministerio Público que llevaba el caso que, debido al término de ley, el pago de reparación del daño había prescrito. A pesar de tener conocimiento de esto, el M.P. no apeló la decisión para proteger los derechos de las víctimas; es decir, guardó silencio y el caso se turnó a otro Ministerio Público.

De igual manera, la actual Fiscal que lleva el caso, fue notificada de la resolución; pero, lo mismo que su antecesor, no reclamó el pago condenatorio por reparación del daño. Por el contrario, aceptó sin problemas la resolución.

La ley marca la prescripción del pago, pero el M.P. a cargo no había notificado de la decisión a los familiares. Fue hasta que un abogado particular tomó el caso en sus manos, que se enteró que el homicida de su familiar había solicitado la liberación anticipada, si haber reparado el daño causado.

De hecho, la M.P. aceptó que el sentenciado reunía todos los requisitos para poder salir en libertad, violentando los derechos de la víctima, de acuerdo a lo informado por el abogado de la familia, que ahora lleva el asunto.

Y es que, de acuerdo con los juristas que conocen del caso, el Ministerio Público tenía la obligación de haber impugnado tal decisión. Aunque la ley marque que el asunto ya prescribió, existen otros términos legales para obligar a los fiscales a cumplir con su trabajo en favor de las víctimas.

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