Zitácuaro

Será arrestado quién no use cubre bocas

H. Zitácuaro, Mich. – El gobernador del estado, Silvano Aureoles Conejo, emitió decreto para uso obligatorio de cubrebocas y quién se rebele a dichas disposiciones podría ser detenido hasta por un lapso de 36 horas o el pago de una sanción económica.

La medida fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, con fecha del 30 de julio, como medida extraordinaria ante el crecimiento de la pandemia conocida como Covid 19.

Se establece, como medida de prevención para evitar la propagación del virus SARS-CoV2, el uso obligatorio de cubrebocas, ya sea comercial o de preferencia casero, que cubran la nariz y la boca. Esto aplica a todas las personas que se encuentren en cualquier espacio público, al interior de empresas, comercios, oficinas y del transporte público del estado de Michoacán.

Aquellos transportistas o propietarios de establecimientos comerciales que incumplan esta medida, o permitan que su personal o quiénes ingresen a los mismos, no porten cubrebocas, serán acreedores a las sanciones administrativas, en términos de lo estipulado en el artículo 3 del presente decreto.

La anterior medida también tiene cobertura para todos los servidores públicos de la administración estatal, quiénes deberán portar cubrebocas cuando se encuentren en funciones.

Tanto bares, antros y establecimientos nocturnos, que están en los municipios, con un riesgo epidemiológico máximo, es decir, bandera roja y bandera amarilla, deberán cerrar a las 11 de la noche, los días jueves a sábado. Tampoco podrán laborar los días domingos. Y de lunes a miércoles podrán manejar el horario habitual, siempre con las medidas sanitarias establecidas.

Mientras que los lugares recreativos, como parques, jardines y plazas públicas seguirán permaneciendo cerrados. De igual manera este decreto prohíbe la apertura de tianguis o mercados ambulantes los fines de semana.

Se podrán aplicar multas equivalentes de diez a treinta Unidades de Medida y Actualización (UMAS), esto es de 868 pesos y hasta 2 mil 606 pesos.

Procederá la autoridad en caso de ser necesario con la clausura temporal o definitiva, parcial o total. Así como arresto por 36 horas.

Estas medidas extraordinarias estarán vigentes hasta el día 31 de agosto del 2020, quedando sujeto este plazo a la valoración que determine la autoridad sanitaria, sobre la prolongación de su vigencia hasta que se estabilice el nivel de contagios.

El gobierno estatal indicó que la Organización Mundial de la Salud ha establecido como una de las medidas más eficaces de contención del virus Covid 19, el uso de cubrebocas.

Pueden ser mascarillas o caretas, ya que con esto se evita la dispersión de fluidos corporales, los cuales, en su caso, tienen la potencialidad de contagiar y propagar el virus en mención.

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