Opinión

Las multas que impone la Conagua pueden ser impugnadas

Dentro de las Facultades de la Comisión de Aguas Nacionales,  se encuentra vigilar el adecuado manejo y aprovechamiento de las aguas  así como evitar la contaminación de las mismas,  ya sea de ríos o mantos acuíferos,    razón de ello es que la Conagua, cuenta con facultades de verificar las tomas de agua que se encuentran concesionadas así como la limpieza en ríos,   dicha verificación recae en particulares,  ya sea personas físicas o empresas, que en algunas ocasiones por propio desconocimiento de los procedimientos no se logran atender los requerimientos de verificación,  en los tiempos o formas establecidas por la Autoridad,  tal omisión conlleva la imposición de multas administrativas, que no propiamente devienen de una transgresión a las normas sino de un procedimiento legal no subsanado. Así mismo la  autoridad  al realizar sus procedimientos de verificación debe cumplir con lineamientos previamente establecidos, tanto en la Ley de Aguas nacionales como en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo,  de tal suerte que si la autoridad es omisa en dar el cabal y perfecto cumplimiento a lo establecido en las disposiciones, dicho procedimiento se encontrara viciado y por consecuencia se encontrara viciado y dará las bases para poder reclamar su nulidad.   Estos vicios del procedimiento que en su caso la Conagua puede incurrir no funcionan en automático,  y no se nulifican en automático,  es  necesario hacerlo valer mediante Recurso Administrativo o bien mediante demanda de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en las formas legales,  Como Despacho de Abogados recomendamos evaluar las contingencias,  revisar las circunstancias que argumenta la autoridad para identificar si la sanción es procedente, e incluso si corresponde la sanción con los supuestos actos cometidos, además hacer una evaluación minuciosa en cuanto al seguimiento dado por la autoridad en  el procedimiento de la imposición de la sanción,   esto a fin de salvaguardad el Derecho que tenemos los ciudadanos de estar dentro de procedimientos en los cuales se atienda la legalidad y las formalidades esenciales del procedimiento.

Si Usted requiere asesoría en cuanto a la impugnación de resoluciones de la Comisión Nacional de Aguas,  no dude en contactarnos, Despacho de Abogados BOU,  teléfono (0155) 5643-2481

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